España estrena las 44 toneladas: nueva normativa y requisitos técnicos para el transporte pesado

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España estrena las 44 toneladas: nueva normativa y requisitos técnicos para el transporte pesado
Desde hoy, 23 de octubre de 2025, los camiones articulados de cinco o más ejes pueden circular legalmente en España con hasta 44 toneladas de masa máxima autorizada (MMA). Esta medida histórica responde a una demanda sostenida del sector logístico y se formaliza mediante la Orden Ministerial PJC/780/2025, publicada en el BOE el pasado 23 de julio.

🚛 ¿Qué cambia a partir de hoy?

  • Incremento del límite de MMA: De 40 a 44 toneladas para conjuntos articulados de cinco o más ejes.

  • Objetivos:

    • Mejorar la eficiencia operativa del transporte.

    • Reducir el número de trayectos necesarios.

    • Avanzar hacia una movilidad más sostenible.

  • Entrada en vigor: 23 de octubre de 2025.

 

⚙️ Requisitos técnicos para circular con 44 toneladas

La ampliación no se aplica automáticamente a todos los vehículos. Los conjuntos deben cumplir condiciones técnicas específicas:

✅ Tipos de conjuntos autorizados

  • Vehículos articulados de cinco o más ejes.

  • Trenes de carretera con vehículo motor de tres ejes + remolque de dos o tres ejes.

📋 Revisión documental obligatoria

  • Ficha técnica del vehículo tractor y del semirremolque.

  • Comprobación de la casilla F1.1 (masa máxima técnica admisible).

  • Verificación de que el conjunto puede soportar 44 toneladas sin superar los límites por eje.

🔧 Parámetros técnicos clave

  • Eje motor: hasta 12 toneladas.

  • Trídem trasero: hasta 27 toneladas.

  • Altura máxima: hasta 4,50 metros en ciertos casos.

  • Combinaciones especiales:

    • Euromodulares: hasta 72 toneladas y 32 metros.

    • Vehículos de emisión cero: hasta 2 toneladas adicionales.

    • Vehículos de combustible alternativo: hasta 1 tonelada adicional.

    • Transporte intermodal: hasta 2 toneladas adicionales.

 

📚 Marco legal y fuentes oficiales

  • Normativa base: Orden Ministerial PJC/780/2025.

  • Modificaciones: Anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos.

  • Publicación oficial: BOE del 23 de julio de 2025.